Aprobación de modelo de instrumentos de medición sujetos a Normas Oficiales Mexicanas de metrología legal, previo a su comercialización

El Centro Nacional de Metrología (CENAM) pone a disposición de fabricantes, importadores y comercializadores de instrumentos de medición sujetos a control metrológico legal el trámite de “Aprobación de modelo de instrumentos de medición sujetos a Normas Oficiales Mexicanas de metrología legal, previo a su comercialización”

El artículo 124 de la Ley de Infraestructura de la Calidad publicada en el Diario Oficial de la Federación el 01 de julio de 2020, establece que los instrumentos para medir que están sujetos a control metrológico legal, tanto de fabricación nacional o de importación, requieren la aprobación de modelo por parte del Centro Nacional de Metrología o de los Institutos Designados de Metrología que correspondan, previo a su comercialización, cuando sirvan de base o se utilicen para:

  1. Una transacción comercial o para determinar el precio de un servicio;
  2. El pago de servicios públicos;
  3. La remuneración o estimación, en cualquier forma, de labores personales;
  4. Actos de naturaleza pericial, judicial o administrativa, o
  5. Se trate de actividades que puedan afectar los objetivos legítimos de interés público tutelados por las Normas Oficiales Mexicanas de metrología legal.
Lo previsto en el párrafo anterior también será aplicable a los instrumentos para medir sujetos a control metrológico legal, tanto de fabricación nacional o de importación, que cuenten con programas informáticos o software legalmente relevante y que se utilicen en las actividades de medición establecidas en las Normas Oficiales Mexicanas de metrología legal y los Estándares ahí referidos.

Listado de instrumentos de medición sujetos a aprobación de modelo

Instrumento

NOM o referencia aplicable

Instrumentos para pesar de funcionamiento no automático: de bajo, mediano, alto alcance

NOM-010-SCFI-1994

Sistemas de pesaje y dimensionamiento dinámico vehicular  NOM-198-SCFI-2018 

Pesas

NOM-EM-020-SE-2020

Sistemas para medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos con un gasto máximo de 250 L/min

NOM-005-SCFI-2017

Watthorímetros y Transformadores de medición

NOM-001-CRE/SCFI-2019

Relojes registradores de tiempo

NOM-048-SCFI-1997

Higrómetros para granos

NOM-SCFI-226-2018

Alcoholímetros evidenciales

NOM-214/1-SCFI-2018

Alcoholímetros referenciales

NOM-214/2-SCFI-2018

Opacímetros

NOM-045-SEMARNAT-2017

Analizadores de gases

NOM-047-SEMARNAT-2014

Tacómetro

NOM-047-SEMARNAT-2014

Dinamómetros de chasis

NOM-047-SEMARNAT-2014

Taxímetros

NOM-007-SCFI-2003

Radares de control de velocidad o pistola radar

DOT HS 810 845-2007

Medidores de desplazamiento positivo tipo diafragma para gas natural o L.P. con capacidad máxima de 16 m3/h con caída de presión máxima de 200 Pa (20,40 mm de columna de agua)

NOM-014-SCFI-1997

Medidores de flujo de agua potable fría

NOM-012-SCFI-1994

Medidores de flujo para aguas nacionales claras y residuales

OIML-R-49-1-2013

Sistemas de medición para Gas L.P. utilizados en transacciones comerciales

OIML-R-117-1-2007

Esfigmomanómetros de columna de mercurio y de elemento sensor elástico para medir la presión sanguínea del cuerpo humano

NOM-EM-0121-SE-2020

Cintas métricas de acero y flexómetros

NOM-046-SCFI-1999

Manómetros para extintores

NOM-045-SCFI-2000

Si no encuentra el instrumento de su interés, realice su solicitud en el siguiente enlace

Este trámite debe ser solicitado por fabricantes, importadores y comercializadores de instrumentos de medición sujetos a Normas Oficiales Mexicanas de metrología legal, previo a la comercialización de los mismos en territorio nacional.

Requisitos y pasos para obtener el servicio:
  1. Enviar su solicitud a través del siguiente enlace https://www.cenam.mx/servicios/amodelo/solicitud/ con la siguiente información:
    • Datos del solicitante
    • Datos de la compañía o persona física solicitante (fabricante, importador o comercializador)
    • Datos del representante legal
    • Datos para recibir notificaciones
    • Señale el tipo de trámite: nuevo, ampliación de titularidad, ampliación de país de origen o ampliación de modelo(s)
    • Datos del Instrumento de medición, indicando el modelo, familia, marca, país de origen y la Norma Oficial Mexicana de metrología legal que lo regula, así como el Organismo de Evaluación de la Conformidad que emitió el Informe de Cumplimiento a NOM

  2. Anexar a su solicitud los siguientes documentos:
    • Acreditación legal de personas morales (Acta Constitutiva o RUPA) o Clave Única de Registro de Población (Únicamente en el caso de personas físicas)
    • Poder notarial del Representante legal o RUPA (o CURP en el caso de persona física)
    • Identificación Oficial del Representante legal o persona física (IFE, INE o Pasaporte Vigente)
    • Informe de Cumplimiento a requisitos de Normas Oficiales Mexicanas de metrología legal aplicables, que haya sido emitido por el Centro Nacional de Metrología (Ver requisitos para obtener el informe en: https://www.cenam.mx/servicios/cumplimientonom/ )
    • Manifiesto bajo protesta de decir verdad, en el que se declare, que los instrumentos para medir de los cuales se solicita la aprobación de modelo no han sido comercializados en el territorio nacional (ver formato)
    • o Manifiesto bajo protesta de decir verdad, que el instrumento presentado para el proceso de Aprobación de Modelo es representativo de la familia y que cumple con los requisitos establecidos en la(s) Norma(s) Oficial(es) Mexicana(s) de metrología legal (ver formato)
    • Manifiesto bajo protesta de decir verdad, que el modelo de instrumento presentado para obtener su aprobación de modelo no infringe disposiciones de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (ver formato)

  3. Una vez enviada su información a través del siguiente enlace https://www.cenam.mx/servicios/amodelo/solicitud/, en diez días hábiles recibirá una respuesta sobre la suficiencia de la información enviada o una prevención de información faltante. El solicitante cuenta con diez días hábiles para subsanar la omisión. Una vez transcurrido el plazo correspondiente sin desahogar la prevención, se cancelará el trámite
  4. Si la información es suficiente para iniciar el trámite, recibirá el contrato de prestación de servicio de Aprobación de Modelo. Debe confirmar su aceptación del servicio en el formato que se anexe
  5. En un máximo de dos días hábiles recibirá una orden de factura con los datos para realizar el pago por el servicio de Aprobación de Modelo
  6. Complete los requisitos cubriendo el costo correspondiente, el cual asciende a $8,670.00 (Ocho mil seiscientos setenta pesos 00/100 M.N.) más el I. V. A . El costo es por cada modelo, o puede amparar hasta cinco modelos en el caso de familias.
  7. Dentro de un plazo máximo de treinta días hábiles se emitirá la resolución al trámite
  8. Recoja su documento de resolución del trámite de “Aprobación de modelo de instrumentos de medición sujetos a Normas Oficiales Mexicanas de metrología legal, previo a su comercialización” en las instalaciones del CENAM o envíe una guía prepagada para su envío por mensajería especializada

Nota: Si la documentación resulta tener un tamaño de archivo superior a los 10 MB, se deberá de hacer uso de un servicio de alojamiento de archivos en línea. Para transferir los archivos mediante este tipo de servicio se debe comunicar con metrologialegal@cenam.mx

El servicio puede ser solicitado:

Informes:
Patricia López Cruz
Coordinador(a) de Servicios
Teléfono: (442) 211-05-00 al 04 Ext. 3015; 3016
Correo electrónico: plopez@cenam.mx; metrologialegal@cenam.mx

Consultas y dudas técnicas:
Andrés Conejo Vargas
Director de Apoyo Tecnológico
Teléfono: (442) 211-0500 al 04 Ext. 3008
Correo electrónico: aconejo@cenam.mx